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¿Cambiara mi dirección o código postal?
No.
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Efectos Sobre Mi Propiedad Y Uso De Mi Propiedad
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1.
¿Se volerá a evaluar mi propiedad?
No. Su propiedad sólo se volverá a evaluar cuando se venda o si hace mejoras a su propiedad.
2.
¿Cambiará el costo de mi seguro de hogar?
El seguro de robo y accidentes puede ser un poco menos. Por favor, póngase en contacto con su agente de seguros con respecto a su situación específica.
3.
¿Cómo afectará la anexión el valor de mi propiedad?
En general, la mayoría de los profesionales de bienes y raíces están de acuerdo en que el anexo a la ciudad tendría como efecto el aumento en el valor de su propiedad, debido al aumento de los servicios que estarían disponibles.
4.
¿Cambiara mi dirección o código postal?
No.
5.
¿Puedo reparar mi vehículo en mi casa?
Reparación de autos/vehículo como un negocio casero no está permitido dentro de la Ciudad de Santa Rosa. Sin embargo, el Ayuntamiento no regula la reparación de vehículos propios o el mantenimiento en propiedad residencial privada, siempre y cuando no haya aparcamiento prolongado o almacenamiento (un período de 72 horas consecutivas o más) de cualquier casa rodante, tráiler, avión, lancha, u otro tipo de vehículo, o partes de cualquiera de los vehículos alrededor, dentro de un frente requerido, lateral o retroceso posterior a la propiedad.
Como tal, residentes pueden reparar y mantener sus vehículos en su propiedad residencial, siempre y cuando estos estén en el camino de entrada (no dentro de un revés requerido) y no se almacenen por más de 72 horas consecutivas.
6.
¿Hay alguna diferencia en las restricciones de estacionamiento para vehículos recreativos (RV), o el almacenamiento de otros vehículos, en la Ciudad al contrario del Condado?
El Código de la Ciudad de Santa Rosa prohíbe el estacionamiento de vehículos en las calles o callejones durante más de 72 horas consecutivas. El Código también prohíbe estancias prolongadas o almacenamiento (un período de 72 horas consecutivas o más) de cualquier casa rodante, remolque, avión, barco, otro vehículo de motor, o partes de cualquiera de dichos vehículos dentro de un frente requerido, lateral o retroceso posterior a la propiedad. Los reveses varían según el distrito de zonificación, pero para una zona residencial unifamiliar el revés frontal es de 15 pies, el retroceso lateral es de 5 pies y revés trasero es de 20 pies. Sin embargo, estos requisitos no se aplican a un vehículo estacionado en pleno funcionamiento en una entrada que se utiliza de forma regular de día a día.
El Código Municipal del Condado de Sonoma incluye la misma aplicación de 72 horas para el estacionamiento en la vía pública de los vehículos. Sin embargo, el Condado no regula el estacionamiento de vehículos dentro de los reveses requeridos en propiedad privada.
7.
¿Existen restricciones de estacionamiento de vehículos comerciales en propiedad privada (ejemplo: un dueño de su vivienda estacionando su camión de trabajo en la entrada de su casa)?
No, la Ciudad no regula el tipo de vehículo que los residentes estacionan en la entrada de sus residencias.
8.
¿Puedo mantener a los animales de granja?
Usted puede mantener gallinas en cualquier lote residencial. Sin embargo, los gallos no están permitidos. El número de gallinas permitido por lote depende del tamaño de su lote, como se identifica a continuación:
- Lotes de 5,000 pies cuadrados o menos: 3 gallinas
- Lotes de 5,001-10,000 pies cuadrados: 6 gallinas
- Lotes de 10,001- 43,560 pies cuadrados: 6 gallinas por cada 10,000 pies cuadrados de área de lote de hasta 12 gallinas
- Lotes de más de un hectarea: 6 gallinas por 10,000 pies cuadrados de área de lote hasta 30 gallinas
Los animales de granja son permitidos en zonas residenciales/zonas rurales (no en casas residenciales o áreas/zonas residenciales multifamiliares), siempre y cuando su propiedad sea un mínimo de 20,000 pies cuadrados en tamaño (o alrededor de media hectárea). Los siguientes animales de granja permitidos son:
- Un jabalín o cerdo por cada 20,000 pies cuadrados de área bruta; o
- Un caballo o mula o vaca o buey por cada 20,000 pies cuadrados de área bruta; o
- Veinticinco gallinas por cada 20,000 pies cuadrados de área bruta; o
- Tres cabras u ovejas o ganado similar por cada 20,000 pies cuadrados de área bruta; o
- Diez patos o conejos o ganado similar por cada 20,000 pies cuadrados de área bruta; o
- Veinticinco palomas o 50 aves ornamentales o de canto para cada 20,000 pies cuadrados de área bruta.
9.
¿Habrán inspecciones por parte de la Ciudad de los edificios existentes cuando se efectúe la anexión?
No. El Programa de Cumplimiento de Códigos de la Ciudad se establece principalmente en una base de quejas. El personal normalmente no busca activamente las violaciones de código, sino que responde a las quejas públicas de información de que una propiedad contiene un uso, construcción, o una actividad que puede no estar de acuerdo con los códigos de construcción o zonificación. Como tal, al anexo a la ciudad, el personal no inspeccionará inmediatamente los edificios existentes, a menos que se presente una queja.
10.
¿Dónde están las unidades de segunda vivienda permitidas y cuáles son los requisitos del permiso? ¿Hay límites sobre quién puede ocupar la segunda unidades?
Unidades de segunda vivienda se permiten en cualquier propiedad de zona residencial que permite a viviendas unifamiliares y de que sea sin desarrollar o contiene sólo una jurídica, individual, de vivienda unifamiliar. Si una segunda unidad de vivienda propuesta cumple con los estándares de desarrollo (descrito en la sección de Código de Zonificación de Santa Rosa 20-42,130) sólo se requiere un permiso de construcción. O bien la segunda unidad de vivienda o de la residencia principal en un sitio deben ser ocupados por el dueño de la propiedad (sólo una puede ser alquilada).
11.
¿Cuál es el costo de los permisos para nuevas construcciones en la Ciudad en comparación a las del Condado (ejemplo: Una residencia unifamiliar existente de 400 pies cuadrados)?
Utilizando el ejemplo de una adición de 400 pies cuadrados a una residencia unifamiliar existente, y suponiendo que la propuesta adicional cumpla con todas las normas de zonificación, los siguientes son los costos estimados de permisos de construcción (basados desde el 29 de octubre, 2015):
- Permiso de Construcción de la Ciudad = $1,768.75
- Permiso de Construcción del Condado = $4,244.35
12.
¿Pueden los usos no conformes continuar sobre la anexión?
Sí. Usos no conformes, que son usos que no son consistentes con el distrito de zonificación para la propiedad, pero se establecieron legalmente en el Condado, pueden continuar sobre a través de la anexión a la Ciudad.
Usos no conformes se pueden cambiar a otro uso no conforme de clasificación o de naturaleza similar o más restringida, siempre que el nuevo uso no aumentaría el grado o intensidad de la no conformidad. Usos no conformes también se pueden ampliar en tamaño o capacidad a través de la aprobación de un Permiso de Uso Condicional Menor. Un uso no conforme que se suspendió por un período continuo de seis meses o más, perderá sus derechos no conformes. Para obtener información adicional, consulte la sección de Código de Zonificación de Santa Rosa 20-61,020.
13.
¿Sera requerido que las áreas que actualmente no tienen aceras que las pongan a partir la anexión? ¿Quién paga por las nuevas aceras?
No, no se les exigirá aceras a partir de la anexión; sin embargo, se pueden añadir en el futuro a través de un proyecto de mejoría a los vecindarios de la Ciudad, si existen fondos disponibles. La adición de aceras normalmente se requiere cuando una propiedad se desarrolla (o se reconstruye). Nuevas aceras que se instalan como parte de un proyecto de desarrollo son financiadas por el desarrollador de la propiedad. Nuevas aceras que se instalan como parte de un proyecto para mejorar la infraestructura de la ciudad son financiadas por la Ciudad. La reparación y el mantenimiento de aceras es responsabilidad del dueño de la propiedad.
14.
¿Existen permisos o supervisión necesarios para mantener los árboles en la propiedad privada?
Se permite la alteración, supresión o traslado de un árbol, con la excepción de un árbol protegido o el patrimonio, en una propiedad residencial unifamiliar sin un permiso. Se requiere un permiso de eliminación de árboles para la alteración, el remueve o reubicación de los siguientes árboles protegidos (dependiendo del tamaño): Familia Roble (Valle del Roble, Roble Negro, Órgano o Roble Blanco, Roble Cañón, o Interior Live Oak), Redwood , Bay, Madrone, Buckeye, Pino Douglas, Red Alder, White Alder, y Big Leaf Maple.
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