¿Habrán inspecciones por parte de la Ciudad de los edificios existentes cuando se efectúe la anexión?
No. El Programa de Cumplimiento de Códigos de la Ciudad se establece principalmente en una base de quejas. El personal normalmente no busca activamente las violaciones de código, sino que responde a las quejas públicas de información de que una propiedad contiene un uso, construcción, o una actividad que puede no estar de acuerdo con los códigos de construcción o zonificación. Como tal, al anexo a la ciudad, el personal no inspeccionará inmediatamente los edificios existentes, a menos que se presente una queja.

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1. ¿Se volerá a evaluar mi propiedad?
2. ¿Cambiará el costo de mi seguro de hogar?
3. ¿Cómo afectará la anexión el valor de mi propiedad?
4. ¿Cambiara mi dirección o código postal?
5. ¿Puedo reparar mi vehículo en mi casa?
6. ¿Hay alguna diferencia en las restricciones de estacionamiento para vehículos recreativos (RV), o el almacenamiento de otros vehículos, en la Ciudad al contrario del Condado?
7. ¿Existen restricciones de estacionamiento de vehículos comerciales en propiedad privada (ejemplo: un dueño de su vivienda estacionando su camión de trabajo en la entrada de su casa)?
8. ¿Puedo mantener a los animales de granja?
9. ¿Habrán inspecciones por parte de la Ciudad de los edificios existentes cuando se efectúe la anexión?
10. ¿Dónde están las unidades de segunda vivienda permitidas y cuáles son los requisitos del permiso? ¿Hay límites sobre quién puede ocupar la segunda unidades?
11. ¿Cuál es el costo de los permisos para nuevas construcciones en la Ciudad en comparación a las del Condado (ejemplo: Una residencia unifamiliar existente de 400 pies cuadrados)?
12. ¿Pueden los usos no conformes continuar sobre la anexión?
13. ¿Sera requerido que las áreas que actualmente no tienen aceras que las pongan a partir la anexión? ¿Quién paga por las nuevas aceras?
14. ¿Existen permisos o supervisión necesarios para mantener los árboles en la propiedad privada?