¿Dónde están las unidades de segunda vivienda permitidas y cuáles son los requisitos del permiso? ¿Hay límites sobre quién puede ocupar la segunda unidades?
Unidades de segunda vivienda se permiten en cualquier propiedad de zona residencial que permite a viviendas unifamiliares y de que sea sin desarrollar o contiene sólo una jurídica, individual, de vivienda unifamiliar. Si una segunda unidad de vivienda propuesta cumple con los estándares de desarrollo (descrito en la sección de Código de Zonificación de Santa Rosa 20-42,130) sólo se requiere un permiso de construcción. O bien la segunda unidad de vivienda o de la residencia principal en un sitio deben ser ocupados por el dueño de la propiedad (sólo una puede ser alquilada).

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1. ¿Se volerá a evaluar mi propiedad?
2. ¿Cambiará el costo de mi seguro de hogar?
3. ¿Cómo afectará la anexión el valor de mi propiedad?
4. ¿Cambiara mi dirección o código postal?
5. ¿Puedo reparar mi vehículo en mi casa?
6. ¿Hay alguna diferencia en las restricciones de estacionamiento para vehículos recreativos (RV), o el almacenamiento de otros vehículos, en la Ciudad al contrario del Condado?
7. ¿Existen restricciones de estacionamiento de vehículos comerciales en propiedad privada (ejemplo: un dueño de su vivienda estacionando su camión de trabajo en la entrada de su casa)?
8. ¿Puedo mantener a los animales de granja?
9. ¿Habrán inspecciones por parte de la Ciudad de los edificios existentes cuando se efectúe la anexión?
10. ¿Dónde están las unidades de segunda vivienda permitidas y cuáles son los requisitos del permiso? ¿Hay límites sobre quién puede ocupar la segunda unidades?
11. ¿Cuál es el costo de los permisos para nuevas construcciones en la Ciudad en comparación a las del Condado (ejemplo: Una residencia unifamiliar existente de 400 pies cuadrados)?
12. ¿Pueden los usos no conformes continuar sobre la anexión?
13. ¿Sera requerido que las áreas que actualmente no tienen aceras que las pongan a partir la anexión? ¿Quién paga por las nuevas aceras?
14. ¿Existen permisos o supervisión necesarios para mantener los árboles en la propiedad privada?